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La Asociación tendrá los siguientes fines:

  1. Promover y defender la vigencia de las Aduanas y la de los Agentes, Despachantes, Intermediarios de Aduana u otros, señalados en el artículo 13°, en su calidad de auxiliares de la función pública aduanera, proponiendo soluciones que le permitan ser cada vez más eficientes y eficaces en el desempeño del servicio que prestan.
  2. Unificar los esfuerzos de sus Asociados a efecto de recabar propuestas de soluciones para problemas comunes, en el ámbito aduanero y/o de comercio exterior, con el objeto de promoverlas ante los organismos públicos competentes en los Estados a los que pertenecen tales Asociados y en los de los demás cuando ello sea factible.
  3. Construir, promover y/o auspiciar el perfeccionamiento técnico y la profesionalización de los Agentes de Aduana integrantes de sus Asociados.
  4. Establecer y mantener relaciones con instituciones afines para el logro de sus fines sociales.
  5. Asumir la representación y defensa de las entidades asociadas ante situaciones que puedan afectar individual o colectivamente sus intereses.
  6. Estimular, proteger y representar los intereses generales de sus asociados, con miras a prestigiar y enaltecer la función profesional.
  7. Actuar como conciliador o árbitro para la solución de las diferencias que pudieran surgir entre sus integrantes, o entre éstos y terceros, en tanto los mismos acepten la competencia de ASAPRA.
  8. Participar y/o colaborar con organismos internacionales públicos y privados, en la búsqueda constante del perfeccionamiento de los sistemas arancelarios y servicios aduaneros, portuarios y de transporte, y demás actividades afines; ASAPRA mantendrá vinculación permanente con todas las organizaciones internacionales vinculadas a las aduanas, al comercio internacional y a la destinación aduanera de mercancías.
  9. Llevar a cabo y/o auspiciar publicaciones técnicas de información general y de divulgación de las actividades de la Asociación y las de sus asociados.
  10. Llevar a cabo auspiciar estudios e investigaciones relacionados con la actividad aduanera, con miras a agilizar el comercio internacional. Los estudios e investigaciones y sus conclusiones serán difundidos y/o puestos a disposición de sus Asociados y de la opinión pública.
  11. Cooperar con las administraciones de las aduanas nacionales de los Estados de las Asociadas, a fin de promover la facilitación del comercio exterior y la eliminación de ilícitos aduaneros.
  12. Promover y cooperar con la creación y desarrollo, en especial entre sus Asociados, de sistemas electrónicos de procesamiento de datos, de comunicaciones y otros que permitan estimular y fomentar el comercio internacional; y
  13. En general, y en concordancia con sus objetivos, fomentar toda iniciativa que coopere con el mejor cumplimiento de los fines de la Asociación.